Iniciativas de Ley de Inteligencia Artificial en México

El surgimiento repentino de su aparición ha tomado por sorpresa a los legisladores. Un par de propuestas de la Ley de Inteligencia Artificial en México se siguen discutiendo en el Congreso y es que, a decir verdad, entender el funcionamiento interno de la Inteligencia Artificial Generativa no es sencillo, pues parece que los alcances que puede tener siguen apareciendo.

La empresa OPEN AI anunció hace dos semanas que su aplicación ChatGPT ya es capaz de ver y hablar en tiempo real en diversos idiomas con el usuario, el video se puede ver en este enlace: Introducing GPT-4o

Algunos esfuerzos legislativos se han realizado en el Congreso de la Unión en México, pero que sin embargo ningún ordenamiento ha culminado en su publicación para iniciar su vigencia.

Entre los esfuerzos legislativos se aprecian algunos puntos interesantes que dejan ver un poco el sentido que tomará en su regulación:

1. Puntos clave de la Iniciativa de la Ley para la Regulación Ética de la Inteligencia Artificial para los Estados Unidos Mexicanos de 2023:

¿Qué es la Inteligencia Artificial?

Define a la Inteligencia Artificial como “la disciplina científica que se ocupa de crear programas informáticos que ejecutan operaciones comparables a las que realiza la mente humana, como el aprendizaje o el razonamiento lógico.” esta definición ya ha quedado obsoleta con las capacidades en tiempo real de Chat GPT.

Reglamento ético a cargo de miembros de la autoridad y la sociedad

La creación de un Consejo Mexicano de Ética para la Inteligencia Artificial y la Robótica sin fines de lucro, conformado por miembros designados por el Estado Mexicano, sociedad civil, y la académica incluyendo a universidades.

Regulación a través de Normas Oficiales Mexicanas (NOM)

Las NOM serían el medio para regular la Inteligencia Artificial, la NOM a diferencia de las leyes, las NOM son regulaciones técnicas que establecen características y/o procedimientos que deben cumplir y que son emitidas por dependencias gubernamentales.

Regulación de datos personales:

Esta regulación queda limitada al respeto de los datos personales sin establecer sanciones.

Sesgos de manipulación del Estado

Establece que ninguna entidad pública podrá hacer uso de Inteligencia Artificial y robótica con fines de manipulación, discriminación o violación al estado de derecho. Sin embargo es probable que estas entidades no tengan la capacidad de crear estos sesgos al no tener el control sobre la producción de Inteligencia Artificial Generativa.

Los temas mas importantes y controvertidos que requieren atención y que no plantea ésta iniciativa:

a) El uso de Inteligencia Artificial de menores de edad;
b) La responsabilidad de las empresas de Inteligencia Artificial;
c) La falta de sanciones por conductas contrarias a la ley;
d) El respeto a los Derechos de Autor, así como la regulación en su uso como lo son las fuentes de donde obtiene cierta información y un gran numero de puntos en relación a la materia; y
e) La prohibición del uso de Inteligencia Artificial en suplantación a la imagen propia de la persona.

El archivo de la iniciativa se puede encontrar aquí: Iniciativa que expide la ley para la regulación ética de la inteligencia artificial para los Estados Unidos Mexicanos

2. Puntos clave de la Iniciativa la Ley Federal que Regula la Inteligencia Artificial del 28 de febrero de 2024:

Reconocimiento de Derechos de Autor a la Inteligencia Artificial.

El Artículo 18 de la iniciativa establece que una obra creada con Inteligencia Artificial para su registro “para fines de protección de la legislación de propiedad intelectual” el solicitante deberá declarar si la obra fue creada total o parcialmente a partir del uso de sistemas de inteligencia artificial, lo dispuesto por el artículo es claramente contrario a los principios de la Ley Federal del Derecho de Autor.

Así mismo resultaría altamente complejo que el Instituto Nacional del Derecho de Autor implementase un software que reconozca que dicha obra fue realizada por Inteligencia Artificial.

Existen programas de cómputo como “Turn it in” que son capaces de detectar si una obra literaria es original y en qué porcentaje comparado con obras que ya se encuentran circulando, pero para detectar una obra creada con Inteligencia Artificial.

Los proveedores de Inteligencia Artificial deberían de obtener el consentimiento de los autores para hacer uso de sus obras.

La iniciativa plantea que los creadores de Inteligencia Artificial Generativa soliciten el consentimiento de los autores para citar o usar sus obras. Esto se percibe como difícil porque la generación del contenido se basa en las obras existentes para crear nuevas obras. Proteger los derechos en este contexto es complejo, ya que no se perciben de la manera convencional en que se hace entre humanos debido a la naturaleza generativa.

Planteamiento de Leyes Supletorias

La iniciativa plantea un gran número de leyes supletorias, principalmente la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, entre otras como la Ley Federal de Competencia Económica, la Ley Federal de Protección al Consumidor, Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Código de Comercio, la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, la Ley Federal del Derecho de Autor, etc.

Es importante decir que las leyes federales supletorias a que hace referencia no se encuentran adaptadas o adaptarlas para reconocer los nuevos planteamientos que suponen poder complementar los vacíos de esta hoy iniciativa de ley.

El archivo de la iniciativa se puede encontrar aquí: Iniciativa la Ley Federal que Regula la Inteligencia Artificial del 28 de febrero de 2024

3. Conclusiones

Desafíos de la Regulación de la Inteligencia Artificial en México

La regulación de la Inteligencia Artificial en México es un desafío complejo y multifacético, reflejado en los esfuerzos legislativos actuales. A pesar de los avances y propuestas presentadas en el Congreso de la Unión, queda claro que todavía hay muchas áreas que requieren atención y mejora. La definición y regulación ética de la IA, la creación de un Consejo Mexicano de Ética y el uso de Normas Oficiales Mexicanas (NOM) son pasos importantes, pero insuficientes sin sanciones claras y medidas específicas para proteger los datos personales y derechos de autor.

Desafíos en la Implementación de la Regulación de Obras Creadas por IA

La propuesta más reciente del 28 de febrero de 2024 resalta la necesidad de reconocer y regular el uso de obras creadas por IA, pero enfrenta grandes retos en su aplicación. La dificultad de identificar la autoría de la IA y la necesidad de ajustar las leyes actuales para enfrentar los nuevos problemas que trae la IA generativa son tareas urgentes.

Protección de los Ciudadanos y Responsabilidad en el Uso de la IA

Es crucial que los legisladores continúen trabajando en una regulación que no solo promueva el uso ético y seguro de la IA, sino que también proteja a los ciudadanos de posibles abusos y garantice la transparencia y responsabilidad en el desarrollo y aplicación de estas tecnologías. La inclusión de temas controversiales como el uso de IA por menores, la responsabilidad de las empresas de IA y la prohibición de la suplantación de la imagen personal es esencial para una legislación completa y efectiva.

La Necesidad de Fortalecer la Regulación de la IA en México

En resumen, México está en una etapa crítica para definir cómo se integrará la IA en su marco legal y social. Los esfuerzos realizados hasta ahora son un buen comienzo, pero es imperativo que se aborden las lagunas y se fortalezcan las propuestas con sanciones adecuadas y adaptaciones legales pertinentes. Solo así se podrá garantizar un futuro en el que la Inteligencia Artificial se desarrolle de manera ética, segura y beneficiosa para toda la sociedad.

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